Rusia vende a Espana una escuadra convenio 1817
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<big>Antonio Ugarte, personaje muy influyente en la camarilla del Rey Fernando VII, sugirió al monarca la conveniencia de comprar a Rusia una escuadra con la indemnización que Inglaterra iba a pagar a España por las pérdidas ocasionadas por la abolición del tráfico de esclavos desde África. | <big>Antonio Ugarte, personaje muy influyente en la camarilla del Rey Fernando VII, sugirió al monarca la conveniencia de comprar a Rusia una escuadra con la indemnización que Inglaterra iba a pagar a España por las pérdidas ocasionadas por la abolición del tráfico de esclavos desde África. | ||
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Al efecto, S.M.I ha autorizado al Senador Tatischeff, su consejero íntimo, Chambelán, Caballero del Toisón de Oro y de otras muchas Órdenes, y su enviado extraordinario y Ministro plenipotenciario cerca de S.M.C para entrar en negociación y estipular las condiciones con que puede venderse a España dicha escuadra. Para el propio fin, S.M.C dio su plenipotencia al Exmo. Sr. D. Francisco de Eguía, Teniente General de los Ejércitos, Consejero de Estado, primer Secretario de Estado y de la Guerra, gran cruz de las Órdenes de San Fernando y San Hermenegildo; y los dichos Ministros, después de haber conferenciado entre sí, han ajustado el presente acto de venta por medio de los artículos siguientes:</big> | Al efecto, S.M.I ha autorizado al Senador Tatischeff, su consejero íntimo, Chambelán, Caballero del Toisón de Oro y de otras muchas Órdenes, y su enviado extraordinario y Ministro plenipotenciario cerca de S.M.C para entrar en negociación y estipular las condiciones con que puede venderse a España dicha escuadra. Para el propio fin, S.M.C dio su plenipotencia al Exmo. Sr. D. Francisco de Eguía, Teniente General de los Ejércitos, Consejero de Estado, primer Secretario de Estado y de la Guerra, gran cruz de las Órdenes de San Fernando y San Hermenegildo; y los dichos Ministros, después de haber conferenciado entre sí, han ajustado el presente acto de venta por medio de los artículos siguientes:</big> | ||
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'''Como el número de fragatas rusas actualmente estacionadas en los puertos del Báltico no es bastante considerable para poder ceder ocho de ellas a España, se le venderán solamente tres, añadiendo un navío de línea de 74 cañones, en remplazo de las otras cinco que se han pedido; de manera que la escuadra vendida a España se compondrá de cinco navíos de línea de 74 cañones y tres fragatas, cuyo porte no se ha determinado todavía.''' | '''Como el número de fragatas rusas actualmente estacionadas en los puertos del Báltico no es bastante considerable para poder ceder ocho de ellas a España, se le venderán solamente tres, añadiendo un navío de línea de 74 cañones, en remplazo de las otras cinco que se han pedido; de manera que la escuadra vendida a España se compondrá de cinco navíos de línea de 74 cañones y tres fragatas, cuyo porte no se ha determinado todavía.''' | ||
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'''Se entregará dicha escuadra, completamente armada y equipada, y en estado de poder hacer un viaje de largo curso. Será provista de suficiente número de velas, de áncoras, de cables y otros utensilios necesarios, con inclusión de municiones de guerra y demás objetos precisos para el servicio de artillería, como también de provisiones de boca para cuatro meses.''' | '''Se entregará dicha escuadra, completamente armada y equipada, y en estado de poder hacer un viaje de largo curso. Será provista de suficiente número de velas, de áncoras, de cables y otros utensilios necesarios, con inclusión de municiones de guerra y demás objetos precisos para el servicio de artillería, como también de provisiones de boca para cuatro meses.''' | ||
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'''El presente arreglo se conservará secreto; pero en cuanto a su ejecución en lo relativo a España tendrá efecto desde que sea aprobado por Su Majestad Católica; y por parte de la Rusia desde que haya obtenido la sanción de Su Majestad Imperial. En fe de lo cual, los infrascritos, hemos firmado el presente convenio y sellándole con nuestros sellos.''' | '''El presente arreglo se conservará secreto; pero en cuanto a su ejecución en lo relativo a España tendrá efecto desde que sea aprobado por Su Majestad Católica; y por parte de la Rusia desde que haya obtenido la sanción de Su Majestad Imperial. En fe de lo cual, los infrascritos, hemos firmado el presente convenio y sellándole con nuestros sellos.''' | ||
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'''Madrid, 11 de agosto de 1817. Eguía.-Tatistcheff.'''</big>}} | '''Madrid, 11 de agosto de 1817. Eguía.-Tatistcheff.'''</big>}} | ||
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El Secretario de Estado y Guerra don Francisco de Eguía, fue el que firmó el Convenio de compra de la escuadra rusa, por ser el más dócil del grupo de la camarilla. Era un hombre tan arraigado a las cosas antiguas, que aún usaba coleta y polvos, por lo que en la Corte se le conocía como el «Coletilla». Por parte de Rusia firmó el plenipotenciario embajador en Madrid Dimítri Pavlóvich Tatíschev. | El Secretario de Estado y Guerra don Francisco de Eguía, fue el que firmó el Convenio de compra de la escuadra rusa, por ser el más dócil del grupo de la camarilla. Era un hombre tan arraigado a las cosas antiguas, que aún usaba coleta y polvos, por lo que en la Corte se le conocía como el «Coletilla». Por parte de Rusia firmó el plenipotenciario embajador en Madrid Dimítri Pavlóvich Tatíschev. | ||
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A pie de página de la obra «Tratados, convenios y declaraciones de paz, guerra y comercio, escrito por don Alejandro del Cantillo y publicado en Madrid en 1843», su autor dice: | A pie de página de la obra «Tratados, convenios y declaraciones de paz, guerra y comercio, escrito por don Alejandro del Cantillo y publicado en Madrid en 1843», su autor dice: | ||
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{{Cita|<big>'''«Este tratado se ha traducido de una copia publicada en uno de los números del periódico inglés Morning Cronicle de diciembre de 1823. Se ha buscado en los archivos del Ministerio de Estado, pero solo se encontró la convicción de que no existía en él ni en los demás ministerios. Quizás el mismo Fernando VII lo extravió, para evitar los cargos que amagaron por parte de las Cortes contra Eguía y Ugarte, ambos favoritos de aquel Monarca, y de los cuales, el primero firmó el Tratado actual, y el segundo, el Convenio complementario de 27 de septiembre de 1819, que había sido copiado de un papel presentado por el Ministerio de Rusia, con motivo de reclamar el pago total de las sumas estipuladas. En estos negocios, no parece que hubo la limpieza necesaria, por lo que no es extraño hayan desaparecido los comprobantes, y con ellos los papeles de una y otra negociación.»'''</big>}} | {{Cita|<big>'''«Este tratado se ha traducido de una copia publicada en uno de los números del periódico inglés Morning Cronicle de diciembre de 1823. Se ha buscado en los archivos del Ministerio de Estado, pero solo se encontró la convicción de que no existía en él ni en los demás ministerios. Quizás el mismo Fernando VII lo extravió, para evitar los cargos que amagaron por parte de las Cortes contra Eguía y Ugarte, ambos favoritos de aquel Monarca, y de los cuales, el primero firmó el Tratado actual, y el segundo, el Convenio complementario de 27 de septiembre de 1819, que había sido copiado de un papel presentado por el Ministerio de Rusia, con motivo de reclamar el pago total de las sumas estipuladas. En estos negocios, no parece que hubo la limpieza necesaria, por lo que no es extraño hayan desaparecido los comprobantes, y con ellos los papeles de una y otra negociación.»'''</big>}} | ||
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Cantillo, Alejandro del.: Tratados, Convenios y Declaraciones de Paz y de Comercio desde el año de 1700 hasta el día. Imprenta Alegría y Chalain. Madrid, 1843. | Cantillo, Alejandro del.: Tratados, Convenios y Declaraciones de Paz y de Comercio desde el año de 1700 hasta el día. Imprenta Alegría y Chalain. Madrid, 1843. | ||
- | Transcripción literal de lo impreso. Todoavante | + | Transcripción literal de lo impreso. '''Todoavante''' |
[[Categoría:Documentos|(1801)1817]] | [[Categoría:Documentos|(1801)1817]] |
Última versión de 12:06 6 jul 2022
Antonio Ugarte, personaje muy influyente en la camarilla del Rey Fernando VII, sugirió al monarca la conveniencia de comprar a Rusia una escuadra con la indemnización que Inglaterra iba a pagar a España por las pérdidas ocasionadas por la abolición del tráfico de esclavos desde África.
El propio Fernando VII escribió personalmente al Zar Alejandro I para solicitarle barcos con los que completar la Real Armada y conseguir «dominar en las colonias»
El 11 de agosto de 1817 se firmó el documento de venta. Los firmantes eran Francisco de Eguía, Secretario de Estado y de la Guerra, y Dimitrius Pavlovich Tatistchev, Ministro Plenipotenciario de Rusia en Madrid. Por los barcos anteriormente citados, España se comprometía a pagar 13.600.000 rublos (68.000.000 de reales de vellón).
S.M. el Rey de España y de las Indias, bien convencido de este hecho y de la necesidad de remediarlo, si han de precaver los incalculables males que resultarían si las costas de España y las colonias de esta grande y poderosa Monarquía, en otro tiempo tan opulenta, quedasen privadas de seguridad y protección, se ha visto obligado a recurrir a S.M. el Emperador de todas las Rusias, su amigo y aliado, y rogar a su dicha Majestad, haciéndole ver la urgente necesidad en que se halla su reino (vista la situación actual de sus posesiones de Ultramar) ponga a su disposición una escuadra de cuatro navíos y ocho fragatas, de 74 cañones los primeros y de 40 las segundas.
S.M. el Emperador Alejandro, deseando secundar en esto y otro cualquier caso los nobles esfuerzos de su augusto amigo y aliado en el restablecimiento del poder español, se apresura a entrar en las miras de S.M.C. y da su asenso a la propuesta con todo el interés y la solicitud que toma en los asuntos de España.
Al efecto, S.M.I ha autorizado al Senador Tatischeff, su consejero íntimo, Chambelán, Caballero del Toisón de Oro y de otras muchas Órdenes, y su enviado extraordinario y Ministro plenipotenciario cerca de S.M.C para entrar en negociación y estipular las condiciones con que puede venderse a España dicha escuadra. Para el propio fin, S.M.C dio su plenipotencia al Exmo. Sr. D. Francisco de Eguía, Teniente General de los Ejércitos, Consejero de Estado, primer Secretario de Estado y de la Guerra, gran cruz de las Órdenes de San Fernando y San Hermenegildo; y los dichos Ministros, después de haber conferenciado entre sí, han ajustado el presente acto de venta por medio de los artículos siguientes:
Curiosidades:
El Secretario de Estado y Guerra don Francisco de Eguía, fue el que firmó el Convenio de compra de la escuadra rusa, por ser el más dócil del grupo de la camarilla. Era un hombre tan arraigado a las cosas antiguas, que aún usaba coleta y polvos, por lo que en la Corte se le conocía como el «Coletilla». Por parte de Rusia firmó el plenipotenciario embajador en Madrid Dimítri Pavlóvich Tatíschev.
A pie de página de la obra «Tratados, convenios y declaraciones de paz, guerra y comercio, escrito por don Alejandro del Cantillo y publicado en Madrid en 1843», su autor dice:
Bibliografía:
Cantillo, Alejandro del.: Tratados, Convenios y Declaraciones de Paz y de Comercio desde el año de 1700 hasta el día. Imprenta Alegría y Chalain. Madrid, 1843.
Transcripción literal de lo impreso. Todoavante