Carros, Francisco Biografia

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Reinando don Jaime II de Aragón, se le nombró Almirante del Reino, cargo hasta entonces no muy bien delimitado por las Leyes, por lo que don Jaime quiso en su nombramiento dejar una Ley clara para él y sus sucesores en el grado. De donde se desprende la Cédula Real que dice:
Reinando don Jaime II de Aragón, se le nombró Almirante del Reino, cargo hasta entonces no muy bien delimitado por las Leyes, por lo que don Jaime quiso en su nombramiento dejar una Ley clara para él y sus sucesores en el grado. De donde se desprende la Cédula Real que dice:
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{{cita|Sepan todos, como Nos Jaime..., etc. Pensando con la debida y atenta consideración, cuando otras cosas, que á los Reyes y Príncipes tocan y les conviene, lo mucho que se engrandece su magnificencia con la de la fama y la alabanza al investir y proponer para los principales destinos a personas notables por su nobleza, fidelidad y otras circunstancias, y dignas de ser ensalzadas con los honores de semejantes cargos. Y por tanto, dirigiendo nuestra vista á vos, la persona de nuestro noble familiar y amado Francisco Carróz, Señor de Rebollet, como os hayamos conocido adornado con la nobleza de linaje, la constancia en la fidelidad y con otras laudables prendas, y confiando en que miraréis con toda solicitud y diligente cuidado las cosas que tienden a la exaltación de nuestra honra y nombre, y atendidos finalmente los servicios, que nos hicisteis en adelante;  proponemos, ordenamos y decretamos, por tanto, constituiros en nuestro Almirante de los Reinos de Aragón, Valencia, Cerdeña y Córcega y del Condado de Barcelona. Y para que pueda llevarse mejor y con más utilidad el antedicho cargo de Almirante, tanto por vos, cuanto por los que en él os sucedan, ya en nuestros día, ya en los de otros Reyes nuestros sucesores, y para que puedan desempeñarse todas y cada una de las cosas que tocan, ya a su ejercicio, ya a su administración, ya para recibir sus derechos en virtud de este nuestro presente escrito, dado con este fin con plena deliberación y consejo; hemos determinado, que todas y cada una de estas cosas se pongan, se inserten y se declaren como a continuación se expresan.
{{cita|Sepan todos, como Nos Jaime..., etc. Pensando con la debida y atenta consideración, cuando otras cosas, que á los Reyes y Príncipes tocan y les conviene, lo mucho que se engrandece su magnificencia con la de la fama y la alabanza al investir y proponer para los principales destinos a personas notables por su nobleza, fidelidad y otras circunstancias, y dignas de ser ensalzadas con los honores de semejantes cargos. Y por tanto, dirigiendo nuestra vista á vos, la persona de nuestro noble familiar y amado Francisco Carróz, Señor de Rebollet, como os hayamos conocido adornado con la nobleza de linaje, la constancia en la fidelidad y con otras laudables prendas, y confiando en que miraréis con toda solicitud y diligente cuidado las cosas que tienden a la exaltación de nuestra honra y nombre, y atendidos finalmente los servicios, que nos hicisteis en adelante;  proponemos, ordenamos y decretamos, por tanto, constituiros en nuestro Almirante de los Reinos de Aragón, Valencia, Cerdeña y Córcega y del Condado de Barcelona. Y para que pueda llevarse mejor y con más utilidad el antedicho cargo de Almirante, tanto por vos, cuanto por los que en él os sucedan, ya en nuestros día, ya en los de otros Reyes nuestros sucesores, y para que puedan desempeñarse todas y cada una de las cosas que tocan, ya a su ejercicio, ya a su administración, ya para recibir sus derechos en virtud de este nuestro presente escrito, dado con este fin con plena deliberación y consejo; hemos determinado, que todas y cada una de estas cosas se pongan, se inserten y se declaren como a continuación se expresan.
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Pero a pesar de esto el Infante debía obedecer a su padre, el Rey y por lo tanto ordenó la separación de Carrós del Gobierno de las islas, dejándole el mando de la escuadra. Esto no solucionó el problema, más bien lo agravó continuando las rencillas y los enfrentamientos entre el Gobernador y el Almirante, extendiéndose a los de sus caballeros los cuales siguieron enfrentándose en cada ocasión que se les daba.
Pero a pesar de esto el Infante debía obedecer a su padre, el Rey y por lo tanto ordenó la separación de Carrós del Gobierno de las islas, dejándole el mando de la escuadra. Esto no solucionó el problema, más bien lo agravó continuando las rencillas y los enfrentamientos entre el Gobernador y el Almirante, extendiéndose a los de sus caballeros los cuales siguieron enfrentándose en cada ocasión que se les daba.
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Pero visto esto, el Infante no tuvo más remedio que informar de la situación al rey don Jaime II, quien tomó la determinación de enviar cinco galeras con gente de guerra, puestas al mando de don Bernardo de Bojadors '''<ref>Quién ya viajaba con el grado de X Almirante del Reino de Aragón, por Real cédula de don Jaime II fechada en la ciudad Barcelona el día 6 de marzo del año de 1325 y confirmado por el Rey don Alfonso IV, por Real cédula del día 10 de marzo de 1328, fechada en la ciudad de Zaragoza.</ref>''', con él viajaba el nuevo Gobernador don Felipe de Boil, con el encargo de que ambos sustituyeran al Almirante Carrós y al Gobernador Peralta, con la orden expresa de que ambos se presentaran ante su Real persona, a los que añadía por haberse visto envueltos en la reyertas a don Francisco Carrós y don Jaime Carrós, hijos del Almirante, acompañándoles también preso a don Gilabert de Cruilles, para responder de los cargos que el mismo Rey les haría.
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Pero visto esto, el Infante no tuvo más remedio que informar de la situación al rey don Jaime II, quien tomó la determinación de enviar cinco galeras con gente de guerra, puestas al mando de don Bernardo de Bojadors '''<ref>''Quién ya viajaba con el grado de X Almirante del Reino de Aragón, por Real cédula de don Jaime II fechada en la ciudad Barcelona el día 6 de marzo del año de 1325 y confirmado por el Rey don Alfonso IV, por Real cédula del día 10 de marzo de 1328, fechada en la ciudad de Zaragoza.''</ref>''', con él viajaba el nuevo Gobernador don Felipe de Boil, con el encargo de que ambos sustituyeran al Almirante Carrós y al Gobernador Peralta, con la orden expresa de que ambos se presentaran ante su Real persona, a los que añadía por haberse visto envueltos en la reyertas a don Francisco Carrós y don Jaime Carrós, hijos del Almirante, acompañándoles también preso a don Gilabert de Cruilles, para responder de los cargos que el mismo Rey les haría.
Al arribar esta división fue cuando se vio la verdad, ya que Peralta temiendo el castigo del Rey le ofreció al de Sicilia sus servicios, que le fueron aceptados. En cambio Carrós y sus hijos no tuvieron inconveniente en presentarse a su Rey, así como Cruilles. Aunque el Almirante era conocedor de que los ánimos Reales eran variables como los vientos, pero si era castigado lo aceptaría como a tal, antes que desertar incumpliendo su palabra como el ex-Gobernador Peralta.
Al arribar esta división fue cuando se vio la verdad, ya que Peralta temiendo el castigo del Rey le ofreció al de Sicilia sus servicios, que le fueron aceptados. En cambio Carrós y sus hijos no tuvieron inconveniente en presentarse a su Rey, así como Cruilles. Aunque el Almirante era conocedor de que los ánimos Reales eran variables como los vientos, pero si era castigado lo aceptaría como a tal, antes que desertar incumpliendo su palabra como el ex-Gobernador Peralta.

Revisión de 20:41 21 may 2012

Biografía de don Francisco Carrós ó Carroz

IX Almirante del Reino de Aragón.

III Señor de Rebollet y de Oliva.

Gobernador del Regnum Sardiniae et Corsicae. Reino de Cerdeña y Córcega.

Contenido

Orígenes

Vino al mundo por el año de 126? siendo hijo de don Pedro Ximén Carros, que figura en el Libro del Repartimiento de la Conquista del Reino de Valencia por Jaime I, quien le donó tierras y es de suponer que nació en el castillo de Rebollet, pues éste fue conquistado por su padre a los sarracenos, siéndole cambiado el nombre por la Font de D’En Carrós - Fuente de En Carros, encontrándose en la huerta de la población de Gandia.

Casó con doña Estefania de Lauria, que era sobrina del almirante don Roger de Lauria. Lo que le valió mucho para alcanzar el cargo de Almirante, a parte de ser desde su juventud un buen marino y su padre un excelente soldado con mucha ascendencia sobre la casa Real.

Hoja de Servicios

Reinando don Jaime II de Aragón, se le nombró Almirante del Reino, cargo hasta entonces no muy bien delimitado por las Leyes, por lo que don Jaime quiso en su nombramiento dejar una Ley clara para él y sus sucesores en el grado. De donde se desprende la Cédula Real que dice:

Comillas izq 1.png Sepan todos, como Nos Jaime..., etc. Pensando con la debida y atenta consideración, cuando otras cosas, que á los Reyes y Príncipes tocan y les conviene, lo mucho que se engrandece su magnificencia con la de la fama y la alabanza al investir y proponer para los principales destinos a personas notables por su nobleza, fidelidad y otras circunstancias, y dignas de ser ensalzadas con los honores de semejantes cargos. Y por tanto, dirigiendo nuestra vista á vos, la persona de nuestro noble familiar y amado Francisco Carróz, Señor de Rebollet, como os hayamos conocido adornado con la nobleza de linaje, la constancia en la fidelidad y con otras laudables prendas, y confiando en que miraréis con toda solicitud y diligente cuidado las cosas que tienden a la exaltación de nuestra honra y nombre, y atendidos finalmente los servicios, que nos hicisteis en adelante; proponemos, ordenamos y decretamos, por tanto, constituiros en nuestro Almirante de los Reinos de Aragón, Valencia, Cerdeña y Córcega y del Condado de Barcelona. Y para que pueda llevarse mejor y con más utilidad el antedicho cargo de Almirante, tanto por vos, cuanto por los que en él os sucedan, ya en nuestros día, ya en los de otros Reyes nuestros sucesores, y para que puedan desempeñarse todas y cada una de las cosas que tocan, ya a su ejercicio, ya a su administración, ya para recibir sus derechos en virtud de este nuestro presente escrito, dado con este fin con plena deliberación y consejo; hemos determinado, que todas y cada una de estas cosas se pongan, se inserten y se declaren como a continuación se expresan.

Por tanto, queremos, ordenamos y mandamos que el predicho cargo de Almirante le ejerzáis y hagáis que se ejerza fiel, legal y dignamente por vos, y por vuestros subordinados vicealmirantes y por otros comisarios o nuncios vuestros en todos los reinos y en el predicho condado para honor, servicio y fidelidad nuestra, comodidad y utilidad de nuestra curia.

Queremos y ordenamos, además, que vos, o aquel que para esto en vuestro lugar pongáis, conozcáis sumariamente, según el estatuto y costumbre de la Armada, de las causas y cuestiones, tanto civiles como criminales, que resulten entre los hombres de nuestra general y especial Armada o de nuestras galeras; a saber: de aquellas que se hayan ocasionado después de comenzar la Armada, y durante la misma Armada, y que administréis justicia a todos los que la demanden, cuyo conocimiento ejerceréis y haréis ejercer en las causas y cuestiones que se conozcan desde los quince días anteriores al señalado para recoger, hasta quince días posteriores al en que nuestra general y especial Armada o galeras nuestras se hayan desarmado.

Exceptuamos, sin embargo, el conocimiento de las cuestiones o acciones reales, las que reservamos a los tribunales ordinarios de los lugares. Además, ordenamos, queremos y os concedemos que cuando quiera y cuantas veces sucediese que nosotros hagamos construír o carenar galeras y otro cualquiera buque en beneficio de nuestra general o espacial Armada, vos o persona por vos puesta, conozcáis de las cuestiones civiles y criminales que ocurran entre los Maestros de dichas galeras o buques y entre los carpinteros de ribera, y calafates y sus aprendices, y entre los demás oficiales; a saber; de aquellas cusas que resultaren después de haber sido comenzadas estas obras o reparaciones, o durante el tiempo que las mismas obras o reparaciones durasen; y las terminéis bien según justicia; y los mismos Maestros y demás operarios arriba dichos, sean compelidos a responder en juicio ante vos y ante las personas por vos puestas, y no ante otros oficiales. Declaramos, sin embargo, que si alguno o algunos de los antedichos tuviesen cuestiones civiles o criminales con otro u otros de diversa condición que la suya en dichos oficios y durante el tiempo de dichas obras, no se conozca de estas causas por vos, ni por vuestros representantes, y sí, por los oficiales ordinarios según fuesen de razón; mas no se entienda entre tales personas aquellos que por comisión o concesión nuestra tienen nuestras Atarazanas, en quienes está el derecho de los predichos reinos y condados nuestros: queremos, por tanto, que a esto que tienen nuestras predichas Atarazanas no se les obligue a responder ante vos sino ante sus jueces ordinarios. Excluimos también de la misma manera, como arriba se ha dicho en el inmediato capítulo, de vuestro conocimiento, las cuestiones o acciones reales que reservamos a los tribunales ordinarios de los lugares.

Otrosí ordenamos, queremos y concedemos, que no siendo fácil recibir los oportunos recibos y otras seguridades de cada cosa en particular que dieseis o pagaseis en la Armada o por causa de la misma, por la múltiple variedad de los muchos negocios que concurren con frecuencia, relativos a la Armada, que vos deis la cuenta final y razonable a nuestra curia, tan sólo cada cuatro años, del dinero o casos que recibieseis o hubierais dado por vos, o por delegados vuestros, con claridad y exponiendo las justas y razonables causas; y a estas cuentas se esté cada cuatro años, y no sea necesario que vos manifestéis otros recibos o seguridades.

Mas para que os dediquéis con mayor desembarazo y eficacia en este cargo a vos encomendado, por el que entenderéis que se os da honor, remuneración y utilidad por nuestra alteza, y para que podáis recibir vuestros derechos, hemos determinado atenderos por el presente escrito bajo esta forma: a saber; que si aconteciera que ene los combates y encuentros de las armadas rebeldes y enemigas fuera capturado el Almirante por nuestra flotilla en la que vos mandarais, os concedemos que se aplique para vuestras utilidades el mismo Almirante prisionero con todas las cosas que tuviese.

Sin embargo, salvamos y nos reservamos expresamente que si fuese nuestra voluntad que la persona del mismo Almirante prisionero esté bajo nuestro poder y jurisdicción, quisiéramos que dándonos y pagándoos por él cincuenta marcos de plata, podamos tener la persona del mismo Almirante hecho prisionero bajo nuestro derecho y poder sin ninguna oposición vuestra; todos los bienes empero que el Almirante aprisionado tuviese en el buque, como ya queda dicho, sean para vuestra utilidad.

Queremos, además, ordenamos y concedemos que de todas las mercancías y bienes existentes en las naves, y cualesquiera otros buques apresados por nuestra Armada en la que vos mandaseis, tengáis la vigésima parte de todas aquellas cosas, de las que después nuestra curia hubiere por completo: mas reservamos las naves y los buques apresados a las leyes de nuestra curia con todas sus jarcias y aparejo.

Además de lo dicho os concedemos que en cada uno de los años desde el día; a saber; el en que nuestra Armada general o especial se comience a hacer hasta el día en que se desarme y dé por terminada; con tal que vos la mandarais personalmente, gocéis ya estando en tierra como en la mar, para vuestros gastos, del tesoro de nuestra curia treinta sueldos barceloneses cada día.

Queremos, además, ordenamos y os concedemos que tengáis la trigésima parte íntegra de las personas que se cautiven de los sarracenos con nuestros buques armados por vos a nuestra voluntad, dando las demás partes de los sarracenos para las comodidades de nuestra curia: mas declaramos y queremos que las personas de los cristianos, cualesquiera que se aprehendan, pertenezcan a nos y nuestra curia, sin que os corresponda ninguna deducción o derecho sobre ellos. Queda, empero, en toda la fuerza y vigor lo que arriba dijimos respecto a la persona del Almirante prisionero.

Así también si aconteciese que por vuestra prudencia, pericia y coacción nos o nuestra curia adquiriésemos y llegásemos a tener nuevos tributos o servicios de cualesquiera sarracenos, permaneciendo íntegros sus antiguos y acostumbrados tributos y servicios que de ser obtenidos según queda dicho por vuestra prudencia, pericia y coacción, la vigésima parte para vuestras utilidades.

Finalmente, queremos, ordenamos y os concedemos que tengáis y recibáis de los hombres que ha de haber en nuestra general y especial Armada los derechos que otros Almirantes nuestros acostumbraron a tener y recibir. Retendremos, empero, la escribanía de nuestra general y especial Armada, que daremos a quien quisiéramos; y es, en fin, nuestra voluntad que vos y los demás Almirantes que con el tiempo llegue a haber en los dichos reinos y condados, os deis por satisfechos con las predichas ordenación y concesión, hechas por Nos arriba, del sobredicho cargo; y también con vuestros derechos, que en virtud del mismo habéis de recibir; declarándoos por Nos excluídas de todo punto cualesquiera ordenaciones, concesiones o derechos acostumbrados y desacostumbrados que se ejercieron, percibieron y tuvieron en tiempos pasados por otros Almirantes.

Mandamos, por tanto, por este nuestro presente escrito a los Procuradores, Vegueres, Justicias, Bayles, Curias y a otros cualesquiera oficiales y súbditos nuestros establecidos o que se han de establecer en dichos reinos y condados, que os tengan y consideren como Almirante nuestro y que se os subordinen, correspondan y obedezcan eficazmente y atiendas para nuestro honor, servicio y fidelidad a vos y vuestros delegados en todas aquellas cosas que entiendan pertenecen a los asuntos de vuestro rango. Además queremos que esta nuestra concesión dure por todo el tiempo de nuestra voluntad.

En testimonio de todas estas cosas mandamos que nuestra carta se escriba y se confirme con el sello colgado de nuestra Majestad. Dada en Barcelona a cuatro de octubre del año del Seños mil trescientos trece. Berardos de Averson, de orden del rey a quien le fué leída Comillas der 1.png


En el año de 1323 decide don Jaime II, basándose en la investidura que recibió del Papa Bonifacio VIII veintitrés años antes como Rey de Cerdeña y Córcega, tomar estas islas que hasta el momento correspondían a la República de Pisa.

Como era costumbre en el reino de Aragón, el rey pidió a su diferentes reinos y condados el aporte económico para llevar a buen término la ampliación del reino, así se convocaron Cortes en Gerona para poder recoger los cuatro millones cuarenta y ocho mil novecientos sueldos barceloneses en que estaba valorada la conquista.

No hubo grandes problemas, pues en unos pocos días se llegó a la cantidad solicitada por el Monarca, siendo la aportación de la forma siguiente:

Valencia: 350.000; Barcelona: 300.000 y dos galeras en préstamo; Daroca y sus aldeas: 149.000; Calatayud: 126.000; Teruel: 116.000; Lérida: 100.000 jaqueses, moneda algo inferior; Tarragona: 100.000; Tortosa: 76.000, equivalente a dos galeras que aportó; Aurioles, Elche, Alicante y Guardamar: 46.000 cada una; Zaragoza, Barbastro y Huesca: 20.000, cada una; Gerona: 15.000; Vich: 8.000; Albarracín y sus aldeas; 7.000 y Tarazona y Jaca; 7.000 cada una.

A lo que se añadió, las nada despreciables cantidades de los Obispos de todas las Diócesis de los tres reinos, más los Abades de San Lorenzo del Monte, San Benito de Bagés, San Juan y Ripoll, San Cucufate, Poblet y Santa Creus, Dager, Dalao, Bellpuig, Valldiñana, Berola, Pedra, Roda, San Víctor, Carpio, Montearagón, San Juan de la Peña y Fontclara, y los priores de Terraza, Hospital de Barcelona, Gualtre Roda, Santa Ana, San Pablo del Campo, Cartuja, Alcalá de Egea, Sepulcro en Calatayud y el de Santa María la Mayor de Zaragoza. A todo esto se añadieron unas fuertes sumas entregadas por el « castellano » de Amposta, el Maestre de la Real Orden de Caballería de Montesa, el comendador de Alcañiz y algunos nobles particularmente como el caso del hijo de don Roger de Lauria, entre otros.

Hubo una tercera parte que fue aportada por el pueblo, entre ellos los judíos de los Condados que reunieron 500.000 sueldos y se formalizaron unas « Cajas » para que el súbdito que quisiera ayudar a su Rey aportara la cantidad que buenamente pudiera, de esta forma se reunieron, en los Condados y el reino de Valencia 100.000 en cada uno y en el de Aragón 60.000 jaqueses.

Faltaba la aportación del Rey feudatario del Reino de Mallorca, pero aconsejado por los franceses se negó a aportar cantidad ninguna, pero don Jaime II algo más listo le aconsejó aportar sino quería que la escuadra en vez de ir a Cerdeña y Córcega lo hiciera sobre Mallorca, por lo que el argumento le convenció y aportó veinte galeras más un uxer para el transporte de caballos.

En las Atarazanas de Barcelona se debían de construir otras tantas galeras, doce en la de Valencia, tres en la de Tarragona, dos en Tortosa, dos que fueron prestadas por los consejeros de la ciudad y una del Rey que había sido capturada a los moros, lo que sumaban las sesenta necesarias como buques de guerra. El coste de cada galera « sutil » por ser el tamaño más apropiado para la navegación entre costas, ascendía a treinta y ocho mil sueldos barceloneses.

La flota de transporte constaba de dieciséis uxeres, naves abiertas por popa que permitían el embarque de los caballos, más otras dos que sin ser los típico uxeres, también cumplían la misma misión, en los que se embarcaron quinientos cincuenta caballos; doce cocas para transportar a los almogávares y ballesteros, a razón de quinientos hombres en cada una, seguía con varios buques para el transporte de las máquinas de sitio, mucho leños, fustas y vasos, de diferentes capacidades para el transporte de los pertrechos de boca y guerra.

A mediados del mes de marzo, ya se encontraban en las aguas de Mallorca las veinte galeras que aportaba el Rey de este reino don Sancho al mando de su almirante don Hugo de Totzo.

En la escuadra viajaba como Jefe de la Armada y Ejército el Infante don Alfonso y su esposa doña Teresa de Entenza, que abordaban la coca Santa Eulalia, por ello para la despedida se acercó el Rey a la ciudad de Tortosa, pero con él toda la Corte y la múltiple cantidad de señores de todos los reinos y condados, muchos de los cuales iban en la expedición con sus mesnadas.

El día 29 de mayo embarcaron y el siguiente se fueron haciendo a la vela con rumbo a Mallorca, pero el día 4 de junio se desató una tormenta que les forzó a todos a arribar a Mahón, donde desembarcó casi toda la gente para recuperarse de los mareos sufridos, así como el Infante y su esposa, los cuales trasbordaron a la galera Santa Eulalia, que tenía el mismo nombre que la coca con la que habían comenzado el viaje, al estar ya recuperados los caballeros y hombres se zarpó con rumbo al puerto de Mallorca.

Unos días después arribaron las de Valencia y los Condados a las órdenes de don Francisco de Boxador y toda la Armada al mando de don Francisco de Carrós, siendo allí cargados los uxer con los mil quinientos caballos y los más de doscientos leños, y otros tipos de buques con la carga para ellos destinada.

Arribó la vanguardia de la expedición con la pérdida de una galera, la que estaba al mando de don Ramón de Peralta, por haberse acercado en demasía a la costa y encallar, lo que produjo con el golpe recibido la caída al mar de cinco de sus tripulantes entre ellos su propio capitán que no se pudieron recuperar, llegando el día 14 de junio a Palma de Sols donde fondearon. Al hacerlo el Infante, fue notificado por el juez Arborea de las posiciones ocupadas por los pisanos, sabiendo esto ordenó que los uxeres se acercaran a la playa de Canelles, donde fueron desembarcados los caballos, designándose el mismo lugar como almacén dejando allí todos los pertrechos para el ejército.

Se designó a don Artal de Luna a que con trescientos caballos reconociera el terreno en dirección a la Villa de Iglesias, donde días después el Infante montó el Real junto a todos sus caballeros. La escuadra navegó hasta el castillo de Caller donde comenzó a bombardearlo, manteniéndose en aguas abiertas el Almirante con veinte galeras para impedir el paso de posibles socorros de los pisanos. Mientras la escuadra continuaba el bombardeo auxiliando así al vizconde de Rocaberti que la atacaba por tierra.

Ante la dureza del asedio que no daba sus frutos, la escuadra zarpó con rumbo a las playas de Cerdeña y Córcega, pasando a desembarcar unidades del ejército en varios puntos, consiguiéndose la conquista del castillo de Ullastres y de la torre del puerto de Terranova, impidiendo así a que no pudieran prestarse apoyo mutuo los pisanos al tener cada guarnición que atender a su defensa, estos viendo que eran paso a paso acorralados, decidieron lanzar sus naves en apoyo de Caller, pero enterado Carrós de lo que intentaban hacer, se hizo a la vela con rumbo a la plaza principal, llegando tan a tiempo que consiguió poner en fuga a treinta y cinco galeras pisanas que ya empezaban a desembarcar sus tropas, al mismo tiempo que arremetió con mayor brío contra la plaza y las unidades del vizconde pudieron estrechar aún más el cerco.

Pero el insalubre terreno en el que estaban, por las lluvias y por el día un sol abrasador, comenzó una epidemia que a su vez al causar la muerte por cientos, no daban tiempo a ser enterrados, lo que fue aumentando la imposibilidad de vivir en aquella tierra. Pero mientras las desavenencias entre el almirante mallorquín y Carrós, fueron en aumento y no pasó a mayores por la prudencia de don Hugo de Totzo.

Carrós ordenó hacerse a la mar y gracias a esta decisión evitó la entrada de una escuadra pisana con socorros para Caller, ya que los sitiadores no podían casi ni moverse, de haber sido posible hubiera significado el mal final de la expedición, ya que en el campo aragonés las cosas por causa de la epidemia no estaban en muy buenas condiciones. Pero esto sucedió por la ejemplar forma de ser de Carrós, ya que el Infante le había dado la orden de invernar permaneciendo encerrado en el puerto de la ciudad y por desobediencia lo puso en conocimiento de su padre el Rey Jaime II, quien solo le contestó; que se cerciorase muy bien de lo ocurrido, ya que Carrós era un fiel hombre y seguro que tenia razones de sobra para actuar como lo hizo.

Así informado perfectamente don Alfonso, reconoció que la invernada en Caller por él ordenaba impedía la vigilancia del mar, lo que hubiera facilitado el socorro y por lo tanto se disculpó ante Carrós por su torpeza y haber dudado de su confianza como Almirante.

Mientras en Pisa, los ancianos, que a forma de Cortes decidían las cuestiones de Estado, intentaron movilizar a las distintas República de la península itálica, pero ante el temor del poder del Rey de Aragón, solo consiguieron el apoyo del señor de Luca, Castruccio, pero tan astutamente, que al mismo tiempo entró en tratos con el Infante, ya que su pretensión final no era otra que apoderarse de la misma Pisa.

Así la Republica de Pisa consiguió reunir treinta galeras, dieciséis naves, unos pocos uxeres y leños para el transporte; una vez completada la escuadra zarpó el día 25 de enero del año de 1324, pero con tan mala fortuna (por no ser época de navegaciones por el Mediterráneo) que les envolvió una gran tormenta, viéndose obligado a regresar al puerto de partida, donde se recuperaron todas las naves y volvieron a hacerse a la mar, estando al frente de la escuadra don Manfedro de Donoratico, hijo del famoso Reniero, quien era llamado « el libertador de Pisa »

Pero Jaime II estaba al tanto de los movimientos de los pisanos, por lo que formó una pequeña expedición para cubrir las bajas, zarpando primero con dos naves desde Barcelona Guillén de Oulomar, transportando a varias compañía del ejército; unos días después, con otras naves don Sancho Duarte, con cien caballeros de los reinos de Aragón, Navarra y Castilla y unos días después el hijo del Almirante don Francisco Carrós (con el mismo nombre y apellido) con cincuenta caballeros con sus monturas de su mesnada y peculio particular.

En previsión de que la conquista se alargara el Rey ordenó la construcción de otras dieciocho galeras « sutiles », porque como se ha dicho eran mucho mejores para este cometido que las « bastardas », por ser más grandes no podían navegar tan cerca de las costas.

La situación de la plaza sitiada llegó a ser horrorosa, ya que no sólo se comían los caballos y asnos, sino que pasando por todo lo normal se llegó a las hierbas y roedores, llegándose a pagar éstos a precio de oro.

Consiguiendo por fin después de muchos enfrentamientos y combates, puesto que en alguno de ellos se perdió el estandarte Real de Aragón, siendo recuperado al salir en su protección los caballeros quienes a fuerza de valor lo recuperaron, también el Infante resulto en uno de ellos mal herido, pero a pesar de todo se consiguió la rendición de la fortaleza de Caller en el mes de junio del año de 1324, al mismo tiempo se recuperaron las poblaciones de Iglesias, Cagliari y el resto de la isla de Cerdeña. Se pusieron a trabajar para reparar los destrozos de la guerra, al concluirse, se pudo enarbolar en el castillo la bandera de Aragón siendo el día 12 de julio del mismo año de 1324.

Al terminar la conquista y dejar la isla asegurada regresaron a Barcelona, donde todavía muchos fallecieron por los estragos de la epidemia.

Al año siguiente zarpó de nuevo la escuadra de galeras con rumbo a Caller, para reemplazar a las que allí habían quedado y proseguir la protección de la isla.

Transcurría el año de 1326 cuando le llegaron noticias a Carrós de que los gibelinos estaban preparando una expedición de reconquista de Caller, para defenderse dado que no disponía de toda la escuadra, ordenó juntar a catorce naves gruesas de las que se hallaban en Bonayre, embargó a todas las naves mercantes de los Condados y de Valencia que se encontraban en la isla con mercancías, reforzó la empalizada de la fortaleza y del puerto, utilizando un dispositivo para su escuadra con las treinta y una galeras disponibles en línea, detrás de ellas los cuarenta leños, que había sido amadrinados con gruesas cadenas, a parte de estar al máximo de carga con los efectivos del ejército y a su vez estos protegidos por una de las empalizadas, lo que podía ver el enemigo era una impresionante formación de árboles y resplandor de las miles de picas, que por orden de Carrós se les había convertido sus afiladas puntas casi en espejos.

La escuadra de los gibelinos estaba compuesta de treinta y tres galeras « bastardas » perfectamente armadas, seis uxeres, cinco saetías más varios leños y naves menores al mando de don Gaspar de Oria, la cual arribó a la vista el día 25 de diciembre pero al ver lo que les estaba esperando optó por mantenerse en aguas libres. Realizó algunas escaramuzas la armada enemiga intentando romper la formación y las cadenas pero les fue imposible, lo que indudablemente iba mermando la moral de sus fuerzas y Oria era conocedor de los males que produce ese mal efecto, que aún podía ser peor que no atacar, por ello decidió lanzarse contra el despliegue aragonés.

Al amanecer del día 29, la escuadra gibelina estaba en línea de frente dispuesta a atacar y así lo hicieron pero solo siete de sus galeras, incomprensiblemente, de las que salían gritos de venganza y de no perdonar vida alguna, pensando que la línea aragonesa nada haría por moverse, pero Carrós al ver que solo eran siete las que se lanzaban y el resto se quedó como si nada fuera con ellas, incluso algunas ciaron y se estaban alejando, decidió ir al encuentro con varias de las suyas, entablando un mortal combate, los enemigos los más valientes aguantaron, pero algunos ya se iban lanzando al mar en busca de su salvación nada más entrar en contacto, así el mismo Oria se tuvo que despojar de sus ropas para no ser reconocido, siendo rescatado por una de sus galeras consiguió abandonar el combate. Sufriendo la escuadra de Aragón doscientos muertos y muchos más heridos; la enemiga más de setecientos muertos y el apresamiento de las siete naves, de las que cinco eran genovesas y dos pisanas.

Pero el Rey quiso desvincular el cargo de Gobernador, para dejar las manos libres al Almirante, cuestión hoy entendible pero no en el siglo XIV donde cada caballero hacía sus méritos para conseguir privilegios y el aprecio personal del Monarca, y en cuanto algo se torcía a sus intereses no era nada difícil comprobar como se alzaba en armas contra quien pensaba que no merecía su puesto.

Por ello zarpó del puerto de Salou don Ramón de Peralta con su nombramiento de Gobernador de Cerdeña y Córcega el día 21 de diciembre del año de 1326, con dos galeras y sus caballeros que sumaban ciento cincuenta, después de un duro combate contra fuerzas muy superiores pisanas, consiguió arribar junto con la otra galera que se había quedado retrasada, pasando a desembarcar tomando la población de Estampax, desde donde se dirigieron a tomar posesión de su cargo.

Al presentarse a Carrós el nuevo Gobernador de la isla señor Peralta, le supuso un gran desconcierto no sabiendo si su sustitución era por haber perdido el crédito ante S. M. o por todo tipo de influencias subrepticias contra él y su familia. Fue empeorando la situación llegando al enfrentamiento entre caballeros de ambos, donde hubieron muertos y heridos, lo que el Gobernador no dejó de poner en conocimiento del Infante.

Éste aseguró a Carrós que el Rey no tenía nada en su contra y para demostrarle su aprecio había pensado casar a su hijo don Francisco de Carrós y de Lauria, con muy honrosa y pomposa boda apadrinada por el mismo Monarca para más lucimiento de su nombre. Pero el daño ya estaba hecho y el Almirante no daba ya crédito a nada de lo que se podía decir, ya que Carrós había puesto todo su saber y conocimientos en la conquista de la isla, pero el Rey se lo pagaba nombrando a otro en su lugar y que para nada entorpecía su responsabilidad como Almirante del reino de Aragón.

Para demostrar al Infante que en nada le interfería el ser gobernador del Reino de Cerdeña y Córcega con su responsabilidad de Almirante, le comunica por un escrito que los pisanos y genoveses habían combatido contra una escuadra de Sahona, habiendo apresado nada más que treinta galeras y con ellas armadas de nuevo, estaban convoyando a dieciocho uxeres con tropas y caballería para atacar a Caller, documento firmado por Carrós con fecha del día 28 de noviembre en Bonayre.

Pero a pesar de esto el Infante debía obedecer a su padre, el Rey y por lo tanto ordenó la separación de Carrós del Gobierno de las islas, dejándole el mando de la escuadra. Esto no solucionó el problema, más bien lo agravó continuando las rencillas y los enfrentamientos entre el Gobernador y el Almirante, extendiéndose a los de sus caballeros los cuales siguieron enfrentándose en cada ocasión que se les daba.

Pero visto esto, el Infante no tuvo más remedio que informar de la situación al rey don Jaime II, quien tomó la determinación de enviar cinco galeras con gente de guerra, puestas al mando de don Bernardo de Bojadors [1], con él viajaba el nuevo Gobernador don Felipe de Boil, con el encargo de que ambos sustituyeran al Almirante Carrós y al Gobernador Peralta, con la orden expresa de que ambos se presentaran ante su Real persona, a los que añadía por haberse visto envueltos en la reyertas a don Francisco Carrós y don Jaime Carrós, hijos del Almirante, acompañándoles también preso a don Gilabert de Cruilles, para responder de los cargos que el mismo Rey les haría.

Al arribar esta división fue cuando se vio la verdad, ya que Peralta temiendo el castigo del Rey le ofreció al de Sicilia sus servicios, que le fueron aceptados. En cambio Carrós y sus hijos no tuvieron inconveniente en presentarse a su Rey, así como Cruilles. Aunque el Almirante era conocedor de que los ánimos Reales eran variables como los vientos, pero si era castigado lo aceptaría como a tal, antes que desertar incumpliendo su palabra como el ex-Gobernador Peralta.

Nada se dice de lo que sentenció el Rey, pero ante los hechos inmutables de la huída de su Gobernador, es de suponer que nada le pudo achacar al ex-Almirante, quien al parece se retiró a su Maestrazgo pues nada más se sabe de él, para tratar de olvidar los momentos ingratos de una vida entregada por completo al servicio de sus reyes, lo que aún le dio tiempo de conocer a dos más y según fuentes debió de fallecer en su castillo de Rebollet por el año de 1339.

Aclaración:

 Fotografía del sepulcro.
Sepulcro atribuido al Almirante.
Colección Todoavante ©

Con este Almirante, entendemos que hay una serie continuada de errores, que se han ido arrastrando de un autor a otro: En la obra de los Almirantes de Aragón (por ejemplo), nos dice, que se encontró el sepulcro del Almirante, por un labrador que estaba excavando para recuperar piedras para construirse su casa (costumbre de la época) y al ver lo que era lo notificó, (fue el día 23 de abril del año de 1748) siendo trasladados los restos mortales y la lápida, en la que se encuentra sobre ella el cuerpo esculpido de un caballero armado y en el borde de la tapa, grabada una inscripción en letras longobárdicas que dice: « Aquí yace el noble Francisco Carróz, mayor en días, Señor del Castillo de Rebollet, que murió en Cerdeña, año del Señor mil trescientos cuarenta y tres, día veinte y uno del mes de Enero; sus huesos fueron transportados y sepultados aquí: cuya alma descanse en paz, así sea » Al mismo tiempo que explica que tanto el señorío como el castillo, quedo en posesión de su esposa doña Teresa Eximenez de Borriol, que lo mantuvo hasta el año de 1346 en que falleció.

 Fotografía del mosaico.
Mosaico sobre el sepulcro atribuido al Almirante.
Colección Todoavante ©

Todo el problema viene porque tanto el padre como el hijo se llamaban igual (cosa muy natural entonces), pero hay unas grandes dudas de que sea cierto, ya que don Francisco Carrós no regresó a Cerdeña, (lo que hace imposible que falleciera allí) sí en cambio lo hizo su hijo, pues sus hombres se quedaron en la defensa de Cerdeña. Otra disgresión; la esposa del Almirante era sobrina de don Roger de Lauria, Estefanía. Pero quien hereda el señorío y castillo, es la esposa de don Francisco Carrós y de Lauria, doña Teresa Ximenez de Borriol. Y como tercer punto a nuestro entender nada concordante, es que en la lápida no se haga mención a que fue Almirante del Reino de Aragón, lo que deja dudas más que razonables de que no sea el sepulcro del almirante y sí de su hijo, ya que alcanzar en aquella época el grado de Almirante no era una cuestión baladí, por mucho abolengo que se tuvieran.

Actualmente se puede observar el sepulcro, en la población de la Fuente de d’En Carros, (a pocos kilómetros de la ciudad de Oliva en dirección Oeste) en su iglesia parroquial de San Antonio Mártir y en su capilla dedicada a la advocación de Nuestra Señora del Remedio.

Aprovechando para dar las gracias públicamente a su actual párroco (2011), que muy amablemente nos abrió la iglesia y nos permitió que fueran fotografiados los dos sepulcros que hay allí, en uno (el mencionado) lo damos como el del hijo del almirante, el segundo es seguro del nieto e hijo del que está enfrente de él, pero ninguno es el del Almirante.

Esa zona del reino, en aquellos momentos seguía siendo frontera con moros, lo que nos lleva a pensar en una costumbre del momento, que consistía en bien esconder los sepulcros, bien cambiar los cuerpos entre ellos, para evitar que fueran profanados en caso de tener que retroceder ante los sarracenos. Es otra posibilidad a tener en cuenta.

Esperamos con esto deshacer un nudo más de la Historia Naval de España.


Antecesor IX

Almirante de Aragón

Sucesor
Bernaldo de Sarria Francisco Carrós ?


Notas:

  1. Quién ya viajaba con el grado de X Almirante del Reino de Aragón, por Real cédula de don Jaime II fechada en la ciudad Barcelona el día 6 de marzo del año de 1325 y confirmado por el Rey don Alfonso IV, por Real cédula del día 10 de marzo de 1328, fechada en la ciudad de Zaragoza.

Bibliografía:

Condeminas Mascarós, F.: La Marina Española (Compendio-Histórico). Barcelona. Editorial Apolo, 1923.

Ibáñez de Ibero, Carlos. Marqués de Mulhacén.: Historia de la Marina de Guerra Española. Espasa-Calpe, S. A. Madrid, 1939.

Laurencín, Marqués de.: Los Almirantes de Aragón. Datos para su cronología. Establecimiento Tipográfico de Fortanet. Madrid, 1919.

Llibre del Repartiment.: Libro de Reparto de la Conquista del Reino de Valencia. Vicent García Editores. S. A. 1979. Transcripción del Códice en tres volúmenes escritos entre los años de 1237 y 1252.

Martínez Friera. Coronel.: Las Batallas de España en el Mundo. Editorial Gran Capitán. Madrid 1950.

Montero Sánchez, Antonio.: Compendio de la Historia de la Marina Militar de España. Rivadeneyra. Madrid. 1900.

Ortíz de Zúñiga, Diego.: Anales Eclesiásticos y Seculares de la Muy Noble y Muy Leal ciudad de Sevilla. Guadalquivir S.L. 1988. Edición Facsímil de la Imprenta Real, Madrid 1795.

Salas y González, Francisco Javier.: Marina Española de la Edad Media. Imprenta Ministerio de Marina. Tomo I, 1925, 2ª Edición. Tomo II, 1927. Edición póstuma.

Zurita, Jerónimo.: Anales de la Corona de Aragón. C. S. I. C. Institución «Fernando el Católico» Zaragoza 1967. Facsímil de la Edición Príncipe de 1562 y la mejorada de 1585.

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