Avería escuadra nacimiento 1562
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1562 Creación de la Escuadra de la Avería
En 1561 el bajá de Argel había ido conquistando sus zonas aledañas, pero al llegar e intentar cruzar el río Muluya, los moros del Rif le obligaron a retroceder, pero no cejó el bajá, pues desde Argel le quedaban muy lejanas las tierras del sur de España, por ello bojeando las costa descubrieron el peñón de Vélez de la Gomera, habitado por unos pocos pescadores, no se lo pensaron y desembarcaron haciéndose fuertes en él, levantando muy cuidadosamente una gran fortaleza para asegurar su defensa resultando harto difícil su conquistar, como el peñón quedaba en las horas de bajamar unido a tierra por un pequeño terraplén, decidieron protegerlo en tierra firme construyendo un Al-Galá o castillo en su lengua, traducido al español es un Alcalá.
Desde aquí comenzaron a hacer mucho daño dada su cercanía al tráfico de mercancías, pues daban caza a cualquier buque mercante a pesar de ir armado, esta indefensión obligó a correr la voz entre los mercaderes y mareantes, llevando a quienes la sufrían a decidir remediar la situación, así el Prior y Cónsules de la Universidad de Sevilla en 1562 piden al Rey la autorización para construir una armada con ocho galeras y una fragata. S. M., siempre preparado a recibir cualquier ayuda en sus múltiples frentes abiertos, no tardó nada en autorizar la formación naval, y a pesar de estar disponibles don Antonio de Zúñiga y don Álvaro de Portugal, nombró como su capitán general a don Álvaro de Bazán y como recaudador del impuesto de la Avería a don Juan Gutiérrez Tello. Quedando creada la Escuadra de la Avería.
Con fecha del 8 de mayo de 1562, se escribe y firma el Rey la Real cédula de concesión del cargo, entre otras cosas dice: «…siendo informado de los daños que estos años pasados an rescivido el Prior y Cónsules de la Universidad de los mercaderes de Sevilla, y otros tratantes, ansí en las Indias como en Levante y Poniente, y los nuevos que al presente se tienen de la galeras y fustas que el alcaide de Vélez de la Gomera tienen armadas para andar por el Estrecho de Gibraltar, por estar como está tan cerca del para hacer el daño pudiese…habemos acordado que anden ocho galeras y una fragata harmadas para el dicho heffeto a costas de averías por las partes susodichas por cierto tiempo; y acatando la fidelidad, avilidad y suficiencia y celo que vos Don Alvaro de Bazan, cuias son las vilas del Viso y Santa Cruz, teneis de servirnos, avemos determinado de os elegir y nombrar como por la presente os elegimos y nombramos por nuestro Capitán General de las dichas…y que administreis en ellas por vos y por vuestros oficiales la nuestra Justicia cevil y criminal todo el tiempo que andovieren en nuestro servicio…y os obedezcan y tengan y acaten por tal nuestro Capitán General y cumplan vuestros mandamientos so las penas que de nuestra parte les pusieredes las cuales Nos por la presente les ponemos y avemos por puestas y por condenados en ellas lo contrario aciendo y vos damos poder y facultad para las executar conforme a Justicia en las personas y bienes de los que remisos e inobedientes fueren…Item, allende lo susodicho es nuestra voluntad que todas las presas y cavalgadas que se hicieran con las dichas galeras, ansí por Mar como por Tierra, se repartan en la manera siguiente: quel quinto que pertenece a Nos como Rey y Señor, sea del Capitán General porque dello le hazemos merced, y de los demás que nos puede pertenecer de las dichas presas y cavalgadas hazemos merced al dicho Capitán General y a los Capitanes de las Galeras y soldados y gente de guerra dellas para que se repartan entre todos conforme a derecho y leis de estos Reinos juntamente con lo demás que a ellos podria pertenecer…Item, si en las presas y cavalgadas que se hicieren, se tomaren algunos esclavos que sea obligado el dicho General y la gente de las dichas Galeras a dar dellos los que se quieren tomar que sea utiles para el remo y de diez y siete años arriba en treinta ducados de oro, los quales el nuestro Contador de las dichas Galeras les libre y aga pagar de qualquier dinero que oviere de contado y sino dentro de algun termino conviniente y que se hechen luego a la cadena y los asienten en los libros de la dicha contaduria por la Averia…Otrosi, si el dicho General tomare algunos Moros o Turcos todos los Arraeces que tomare los han de enviar a esta corte a vuen recaudo para que se manden lo que ubiere de hacer dellos y el contador a de tener cuidado que se haga ansi y de avisarnos dello. Y los otros moros o Turcos que fueren de rescate de hasta ciento cincuenta ducados y dende arriba reservamos que se puedan tomar y tomen para los gastos de las dichas Galeras para que se pongan en ellas al remo…»
(Como se puede apreciar y eso solo la parte importante, la extensión de las Órdenes era exhaustiva por parte del Rey, nada dejaba al azar todo detalladamente explicado. Si como esto lo dictaba todo, no nos extraña que: ‹las cosas de palacio van despacio›, teniendo en cuenta la cantidad de territorios que con don Felipe II llegó a tener España, nos parece casi agotador el trabajo a desarrollar en su despacho.)
Bibliografía:
Altoaguirre y Duvale, Ángel de.: Don Álvaro de Bazán. Primer marqués de Santa Cruz de Mudela. Estudio Histórico-Biográfico. Tipografía de los Huérfanos. Madrid, MDCCCLXXXVIII.
Blanco, Ramiro.: Elogio Histórico de don Álvaro de Bazán. Conferencia pronunciada por el autor en el centro del ejército el día diecinueve de noviembre de 1887. Madrid, 1888.
Cervera Pery, José.: Don Álvaro de Bazán. El gran marino de España. Empresa Nacional Bazán. Madrid, 1988. No venal.
Guardia, Ricardo de la.: Notas para un Cronicón de la Marina Militar de España. Anales de trece siglos de historia de la marina. El Correo Gallego. 1914.
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